Se reanuda el debate sobre la adopción homoparental en Colombia
El fallo de la Corte Constitucional colombiana sobre la adopción de niños por parte de parejas de personas del mismo sexo ha quedado empatado a cuatro votos tras la abstención de uno de sus juristas, por lo que será necesario escoger a un conjuez al azar que resuelva la decisión del Tribunal.
Tal y como ha informado la oficina de prensa de la Corte Constitucional colombiana, el Tribunal estudia una demanda en contra de varios artículos del Código de Infancia y Adolescencia referidos a la adopción, y en contra del artículo 1 de la Ley 54 de 1990 que definen las uniones maritales de hecho.
La ponencia del caso está a cargo del magistrado Jorge Iván Palacio, que en un documento de 145 páginas concluye con la idoneidad de las parejas homosexuales para adoptar hijos basándose en conceptos científicos y médicos.
El asunto además tiene un importante precedente desde el año pasado, en el que la propia Corte Constitucional dio luz verde a la adopción de una niña por parte de dos mujeres. No obstante, la decisión fue tomada al ser una de ellas madre biológica de la menor, por lo que dificulta el acceso al mismo derecho a las parejas de hombres.
El Congreso colombiano se ha abstenido de legislar hasta el momento sobre el matrimonio igualitario, pese a que la Corte Constitucional así se lo ha solicitado. No obstante, las parejas homosexuales del país pueden registrar ante un notario su unión civil, y desde 2007 éstas pueden afiliarse al sistema de salud y de pensiones.