TEDH: ”La prohibición del matrimonio igualitario en Italia viola los derechos humanos”

La presión por la regulación del derecho de las parejas homosexuales a casarse en Italia ha recibido otro fuerte apoyo desde el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, según se desprende del dictamen que ha emitido a favor de tres parejas homosexuales que reclamaron su derechos a establecer legalmente su unión.

Este fallo llega tan sólo cuatro días después de que el Primer Ministro italiano Matteo Renzi declarara que su Gobierno pretende aprobar la Unión Civil abierta a parejas homosexuales, una aseveración que fue tildada de triunfalista y recibida con moderada satisfacción por los grupos de activismo, pues no es la primera vez que se hace un anuncio de estas características que después resulta infructuoso.

Según el fallo unánime del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, Italia negó injustamente los derechos humanos de tres parejas del mismo sexo por no proporcionarles protección legal ni reconocimiento de su unión.

Por esta razón se insta a talia a pagar a cada demandante 5.000 euros en concepto de daños y perjuicios y hasta 10.000 euros en concepto de los costos y gastos del proceso. De la misma manera, el Tribunal le reclama al gobierno la creación de una ley de Unión Civil. 

En sus propias palabras:  

La protección jurídica actualmente disponible para las parejas del mismo sexo en Italia … no sólo fracasa al no proveer el núcleo necesario y pertinente a una pareja en una relación estable y comprometida, sino que además tampoco es suficientemente fiable.’

A pesar de que se trata de un evidente apercibimiento por la negación de los derechos de las parejas homosexuales, y en el contexto propiciado por la Eurocámara de definir el matrimonio igualitario como derecho humano, el dictamen no es vinculante, por lo que la sentencia no obliga a Italia para extender la institución del matrimonio a las parejas del mismo sexo.

Lo que sí hace es poner más de presión sobre el Gobierno de Italia, severamente influenciado por el Estado Vaticano, para que siga los pasos del resto de países de su entorno de establecer un marco legislativo adecuado para homogeneizar los derechos del colectivo LGTB en todo el continente. A ver cuándo conienzan a apretarle las tuercas a Alemania.

La justicia también favorece al colectivo trans

El fallo del TEDH llega en perfecto sincronismo con la decisión del Supremo Italiano, que ha dictaminado que las personas transexuales no deberán someterse a ninguna clase de operación quirúrjica para solicitar la modificación del género en su documentación legal y en los registros civiles y sociales en los que figure.

La Primera Sección de la Corte falló a favor del recurso presentado por una persona transexual que se negó a someterse a una operación de reasignación genital alegando que hacía más de dos décadas que había alcanzado su ”equilibrio psicofísico” y que desde entonces ”vive socialmente reconocida como mujer”.

Las dos primeras sedes judiciales rechazaron su petición haciendo valer la jurisprudencia que, hasta la decisión del Supremo, dominaba en la interpretación de la ley en estos casos. A partir de este momento sobre la definición de propio género prima ”la conservación de la integridad física’.

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